PROGRAMA REACTIVA PERÚ 2020
El Programa Reactiva Perú está dirigido a impulsar a los empresarios que han tenido pérdidas y disminución de ventas en este periodo de Emergencia Nacional que atraviesa el país.
Para ello el Ejecutivo a través del Decreto Legislativo 1455 y su modificación con el Decreto Legislativo 1457 otorgará créditos siendo garante ante las entidades bancarias del empresario que decida reimpulsar su crecimiento luego de la cuarentena.
Lü, ¿Cuáles son los objetivos de ese Decreto?
Los objetivos son:
Asegurar la continuidad en la cadena de pagos de la economía nacional
Garantizar el financiamiento de la reposición de los fondos de capital de trabajo de empresas que enfrentan pagos y obligaciones de corto plazo con sus trabajadores y proveedores de bienes y servicios a través de un mecanismo que otorgue la Garantía del Gobierno Nacional a los créditos en moneda nacional que sean colocados por las Empresas del Sistema Financiero.
Solo se cubre los créditos en moneda nacional que sean colocados por la ESF a partir de la vigencia del Reglamento Operativo del Programa REACTIVA PERÚ y hasta el 30 de junio del 2020.
Lü, ¿Quién será el Administrador de este programa?
La COFIDE será el Administrador.
Lü, ¿Cuál es el límite de la garantía?
La garantía por parte del Estado para estos créditos cubre como máximo el monto que resulte menor de comparar: El monto equivalente a tres veces la contribución Anual de ESSALUD por el periodo 2019 que realice la empresa y el monto equivalente a un mes de ventas promedio mensual del año 2019 (según lo declarado en SUNAT).
En el caso de las microempresas para la determinación del límite de la garantía, se considera solo el criterio del monto ventas promedio mensual.
El monto total de los créditos por empresa deudora no exceda los S/ 10'000,000 soles.
Lü, ¿Cuáles son las condiciones para acceder a este programa?
Te las enumero:
No pueden ser usados para pagar obligaciones financieras
Estén impedidos de pre pagar obligaciones financieras
No deben tener deuda tributaria administradas por la SUNAT, exigibles en cobranza coactiva mayores a 1 UIT al 29 de febrero del 2020
Deben estar calificados financieramente como "Normal" o "Con Problemas Potenciales - CPP"
No serán beneficiadas al programa aquellas empresas vinculadas a las Entidad del Sector Financiero, así como las empresas comprendidas en el ámbito de la Ley 30737
No deben distribuir dividendos ni repartir utilidades, salvo el porcentaje correspondiente a sus trabajadores, durante la vigencia del crédito otorgado
El plazo de los créditos que otorguen las ESF a las empresas beneficiarias, no puede exceder los 36 meses, lo que incluye un periodo de gracia de intereses y principal de hasta 12 meses.
Lü, ¿Sobre que monto del crédito cubre la garantía?
El el cuadro siguiente lo vemos:
Lü, ¿Un ejemplo?
Veamos:
Copyrigth 2019 ®
Para ello el Ejecutivo a través del Decreto Legislativo 1455 y su modificación con el Decreto Legislativo 1457 otorgará créditos siendo garante ante las entidades bancarias del empresario que decida reimpulsar su crecimiento luego de la cuarentena.
Lü, ¿Cuáles son los objetivos de ese Decreto?
Los objetivos son:
Asegurar la continuidad en la cadena de pagos de la economía nacional
Garantizar el financiamiento de la reposición de los fondos de capital de trabajo de empresas que enfrentan pagos y obligaciones de corto plazo con sus trabajadores y proveedores de bienes y servicios a través de un mecanismo que otorgue la Garantía del Gobierno Nacional a los créditos en moneda nacional que sean colocados por las Empresas del Sistema Financiero.
Solo se cubre los créditos en moneda nacional que sean colocados por la ESF a partir de la vigencia del Reglamento Operativo del Programa REACTIVA PERÚ y hasta el 30 de junio del 2020.
Lü, ¿Quién será el Administrador de este programa?
La COFIDE será el Administrador.
Lü, ¿Cuál es el límite de la garantía?
La garantía por parte del Estado para estos créditos cubre como máximo el monto que resulte menor de comparar: El monto equivalente a tres veces la contribución Anual de ESSALUD por el periodo 2019 que realice la empresa y el monto equivalente a un mes de ventas promedio mensual del año 2019 (según lo declarado en SUNAT).
En el caso de las microempresas para la determinación del límite de la garantía, se considera solo el criterio del monto ventas promedio mensual.
El monto total de los créditos por empresa deudora no exceda los S/ 10'000,000 soles.
Lü, ¿Cuáles son las condiciones para acceder a este programa?
Te las enumero:
No pueden ser usados para pagar obligaciones financieras
Estén impedidos de pre pagar obligaciones financieras
No deben tener deuda tributaria administradas por la SUNAT, exigibles en cobranza coactiva mayores a 1 UIT al 29 de febrero del 2020
Deben estar calificados financieramente como "Normal" o "Con Problemas Potenciales - CPP"
No serán beneficiadas al programa aquellas empresas vinculadas a las Entidad del Sector Financiero, así como las empresas comprendidas en el ámbito de la Ley 30737
No deben distribuir dividendos ni repartir utilidades, salvo el porcentaje correspondiente a sus trabajadores, durante la vigencia del crédito otorgado
El plazo de los créditos que otorguen las ESF a las empresas beneficiarias, no puede exceder los 36 meses, lo que incluye un periodo de gracia de intereses y principal de hasta 12 meses.
Lü, ¿Sobre que monto del crédito cubre la garantía?
El el cuadro siguiente lo vemos:
Veamos:
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