Modificación al Art 176 Numeral 1 para contribuyentes con ingresos menores a 150 UIT
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¿Qué novedad me trae la RS N°078-2021?
Para todos los contribuyentes del RG, RMT y RER cuyos ingresos netos anuales no superen las 150 UIT y que no presenten su declaración tributaria tendrán gradualidades:
1. Si subsanas la infracción (o sea presentas tu Declaración Mensual) antes de que surta efecto la notificación de SUNAT: Tienes un descuento del 100%.
2. Si subsanas la infracción a partir de la fecha en que surta efecto la notificación hasta el sétimo día hábil posterior a la notificación de la REC (Resolución de Ejecución Coactiva), hay dos opciones:
a. Si subsanas y no pagas: 90% de descuento.
b. Si subsanas y pagas: 95% de descuento.
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Base legal:
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N°078-2021/SUNAT
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