Libros y registros contables (1/2) - Libros obligados
Los tipos de libros o registros contables que estarás obligado a llevar dependerán del Régimen Tributario en el que te encuentres, sea como Persona Natural con Negocio o como Persona Jurídica (empresa que hayas formado). También dependerá del volumen de ingresos anuales que estimes obtener por el desarrollo de tu actividad empresarial.
En ese sentido, estarás obligado a llevar los siguientes libros o registros contables:
En el Nuevo Régimen Único Simplifiado - NRUS: No hay obligación de llevar libros ni registros contables. Sólo debes conservar los comprobantes de pago que te hubieran emitido y aquellos que sustenten las adquisiciones realizadas, en orden cronológico.
En el Régimen Especial de Renta - RER: Los libros contables que estarás obligado a llevar son el Registro de Compras y el Registro de Ventas.
En el Régimen MYPE Tributario - RMT: Teniendo en cuenta el nivel de ingresos anuales, los contribuyentes del RMT deberán llevar los siguientes libros y registros contables:
Limite de ingresos | Libros obligados a llevar |
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Ingresos Neto hasta 300 UIT |
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Ingresos Netos desde 300 UIT hasta 500 UIT |
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Ingresos Netos mayores a 500 UIT y que no superen las 1,700 UIT |
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- En el Régimen General - RG: Los libros contables que estarás obligado a llevar dependerán del volumen de tus ingresos anuales:
Limite de ingresos | Libros obligados a llevar |
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Ingresos Netos hasta 300 UIT |
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Ingresos Netos desde 300 UIT hasta 500 UIT |
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Ingresos Netos mayores a 500 UIT y que no superen las 1,700 UIT |
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Ingresos Netos anuales mayores a las 1,700 UIT | Contabilidad completa, comprende: Libro Caja y Bancos, Libro de Inventarios y Balances, Libro Diario, Libro Mayor, Registro de Ventas y Registro de Compras. |
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